Por indicación del gobernador Claudio Vidal, el ministro de Energía y Minería, Jaime Álvarez, participó hoy de la reunión convocada por la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI), en las instalaciones del Consejo Federal de Inversiones en la ciudad de Buenos Aires. Modificaciones al articulado del proyecto de Ley Ómnibus que se debate en la Cámara Baja y aportes específicos para la restitución de yacimientos maduros, fueron algunos de los aportes de Santa Cruz. Buenos Aires, 17 de Enero de 2024 (SEMeIP).- “Fui con expresas instrucciones de trabajar en el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo Nacional a fin de discutir modificaciones al articulado legal para que no genere detrimento en la producción hidrocarburífera ni en los ingresos que percibe la provincia de Santa Cruz”, remarcó el ministro Álvarez. A la vez indicó que junto al gobernador de Chubut, Ignacio Torres propuso un párrafo en la declaración de gobernadores, en el cual se expresa: “Que aquellas grandes operadoras en Argentina que hoy se encuentran abocadas y con la mayor cantidad de inversiones en la producción de hidrocarburos no convencionales y con baja inversión en los campos convencionales maduros, generen un proceso de cesión de esas áreas y/o de reversión en la provincia para que esas áreas sean ocupadas por operadoras de menor tamaño y con capacidad de inversión. Además con expertis y know how, y con conocimiento en la extracción de hidrocarburos en yacimientos maduros”. Además de Santa Cruz, participaron de este primer encuentro de las provincias productoras de hidrocarburos, las representaciones de Tierra del Fuego, Chubut, Río Negro, Neuquén, La Pampa, Mendoza, Salta, Jujuy y Formosa. Luego de analizar una serie de temas inherentes a los recursos de las provincias y la necesidad de establecer algunas modificaciones en el proyecto de Ley Ómnibus que fuera elevado por el Ejecutivo Nacional a la Cámara Baja para que sea tratado en comisiones, los Gobernadores de las Provincias Productoras de Hidrocarburos, reunidos como Junta de Gobierno de la Organización Federal de los Estados Productores de Hidrocarburos, emitieron un comunicado en el cual declaran: “Ratificamos la defensa del dominio originario de las Provincias sobre los recursos hidrocarburíferos situados en nuestros territorios y las facultades de administración sobre los mismos. Compartimos aquellos aspectos que buscan lograr un marco jurídico para la actividad hidrocarburífera que permitan dotar de mayor previsilidad y mejorar la generación de empleo, los niveles de actividad económica y de agregado de valor en cada una de nuestras provincias. Asimismo, acompañamos a todas aquellas iniciativas que generen incentivos para sostenimiento e incremento de las inversiones en nuestras provincias con vistas a potenciar la producción de petróleo y gas del país, de manera de fortalecer la seguridad energética nacional y el desarrollo del complejo exportador de los hidrocarburos y sus derivados. Solicitamos al Gobierno Nacional se propicie un ámbito deliberativo, real y oportuno, para analizar en profundidad las adecuaciones propuestas que modifican de manera sustancial el régimen actual, entendiendo que es la OFEPHI, el espacio natural donde deben tratarse entre la Nación y las Provincias aquellas cuestiones que hacen a la política hidrocarburífera. En esa dirección, rechazamos del Proyecto de Ley todos aquellos artículos que impliquen o puedan interpretarse como un menoscabo o limitación a las facultades de administración de las Provincias hidrocarburíferas, así como también del dominio originario sobre nuestros recursos naturales, consagrado en el artículo 124° de la Constitución Nacional y la Ley 26.197, incluso aquellos que puedan generar dudas en su redacción respecto a dichas facultades. Si bien compartimos los objetivos principales bajo los cuales el Poder Ejecutivo nacional fijará la política nacional hidrocarburífera, que serán los de "maximizar la renta obtenida de la explotación de los recursos y satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país", creemos que dichos objetivos, deben ser cumplidos asegurando no solo la sustentabilidad económica de los inversores, sino también la sustentabilidad social y ambiental de las poblaciones y las regiones donde se desarrolla esta actividad. Es por ello que necesitamos imperiosamente el concurso del gobierno nacional y del sector privado para llevar adelante obras de infraestructura necesarias para acompañar el crecimiento poblacional; el cual muchas veces suele ser exponencial. Consideramos que, con el objetivo de maximizar los proyectos de desarrollo, se deben considerar las características específicas de cada proyecto. Por ello entendemos que, en el marco de lo previsto en la legislación vigente, el proceso licitatorio constituye una herramienta fundamental que dota a la Autoridad de Aplicación y a los inversores de previsibilidad y transparencia en el proceso de otorgamiento de permisos y concesiones. Sin perjuicio de ello y dada la heterogeneidad de las situaciones en cada una de las cuencas e incluso dentro de una misma cuenca, solicitamos que debe quedar claramente establecido que la elaboración de un pliego modelo será realizado por cada jurisdicción debiendo ser lo suficientemente flexible y contemplar los distintos criterios que permitan adaptarse a cada una de estas realidades, manteniendo el objetivo de maximizar el beneficio tanto de las jurisdicciones que detentamos el dominio originario de los recursos naturales como de los inversores que buscan generar actividad, empleo y producción en el sector. En el marco de la necesidad de contar con herramientas que permitan a las Autoridades de Aplicación maximizar el beneficio en la explotación de los recursos naturales, dadas las características de cada proyecto en particular, compartimos la posibilidad prevista en la redacción propuesta de dar flexibilidad a los plazos de concesión previstos en el artículo 268° modificatorio del actual artículo 35° de la Ley 17.319. Manifestamos nuestro total desacuerdo con la derogación propuesta del artículo 32° de la Ley 17.319 toda vez que el mismo constituye una herramienta fundamental de las Autoridades de Aplicación de las Provincias para el control, evaluación y aprobación de las inversiones que realizan año a año cada uno de los concesionarios en los proyectos que llevan adelante en nuestras Provincias. Entendemos que esta modificación podría generar un empleo y producción para que debe corregirse el artículo 80° de la misma Ley que excluye como hidrocarburíferas el incumplimiento de las obligaciones resultantes del mencionado artículo 32°. No compartimos la decisión del Gobierno Nacional de eliminar del actual marco normativo la facultad que tienen las Provincias de otorgar prórrogas a las concesiones actualmente vigentes. Entendemos que dicha opción constituye una herramienta con que cuenta cada Autoridad utilizar o no a partir de la evaluación respecto de la conveniencia para cada caso en particular”.